Abierto el plazo para la solicitud de ayudas para el pago del Impuesto de Bienes Inmuebles
En el día de hoy ha quedado abierto el plazo para formalizar las solicitudes de ayudas para el pago del Impuesto de Bienes Inmuebles, IBI, que estará hasta el 14 de agosto. Así las cosas, se estima que pueda dar cobertura a 26.000 beneficiarios y que como novedad se recuperarán las ayudas por congelación del ejercicio 2016, así como las que se perdieron por otros conceptos en ejercicios anteriores. Igualmente, los ciudadanos que tuvieron ayuda el pasado año por vivienda o congelación no tendrán que renovarla, a menos que haya habido un cambio de titularidad o incidencia; debiendo renovarla, como todos los años, los que cuenten con ella por arrendamiento o actividad empresarial en el inmueble. En el caso de arrendamientos deberán aportar justificante de alquiler con refrendo en documento público y los comercios si el domicilio de la actividad figurar en el censo del IAE, y en caso contrario deberá aportarse prueba de que ejercen la actividad en el inmueble. También pueden solicitarlas los que deseen la congelación de su recibo, para amortiguar una posible subida. El pleno celebrado en marzo en el Consistorio veleño dejó sobre la mesa la aprobación de las ayudas al IBI, siendo en el pleno de abril cuando se le dio luz verde de forma definitiva a las ayudas para el pago del Impuesto de Bienes Inmuebles, que en 2017 contarán con una dotación económica de cerca de 4,3 millones de euros.
Recordar también que será a finales de agosto cuando se remitirán los recibos con los importes compensados y en septiembre se cargarán las domiciliaciones bancarias de los beneficiarios para que no se les cobre el importe completo. Asimismo, el plazo de pago voluntario se extiende hasta el 31 de octubre. Las ayudas, según se estima, beneficiarán a más de 26.000 familias, a las cual se podrán acoger los vecinos y vecinas con su vivienda habitual en el término municipal, que tengan un inmueble arrendado o local en actividad en el municipio y los que tengan otras propiedades inmobiliarias distintas de la vivienda habitual en la ciudad.
El porcentaje de las cuantías será de hasta un 100% en viviendas con tramos de valor catastral inferiores a los 60.000 euros, del 70% de entre 60.001 euros y 99.999 euros, y del 50% para las situadas entre 100.000 a 199.999 euros será del 50%.
El tope máximo de las ayudas será hasta los 500 euros y se conceden hasta un tope de cinco inmuebles. No requieren la formalización de la nueva solicitud si ya se contó con ella en años anteriores.